El tribunal recuerda que son dos conceptos distintos y que las horas extra, en caso de ser retribuidas, obliga a un abono "específico y expreso" por estos excesos de jornada El Supremo rechaza que la Inspección de Trabajo pueda entrar libremente en miles de empresas El Tribunal Supremo ha rechazado que se puedan compensar las horas extraordinarias con pluses de disponibilidad, así como por otras mejoras para los trabajadores, como coeficientes reductores de jubilación. En una reciente sentencia, del pasado 10 de marzo, recuerda que este exceso de jornada debe compensarse en descanso o, si es retribuido, debe ser un abono “específico y expreso”, sin que sea compensable por otros conceptos salariales. La Sala de lo Social desestima el recurso de una empresa contra un fallo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Cantabria de octubre de 2024, que reconoció el abono de 28.190 euros, más el interés del 10% anual por demora, en pago de horas extraordinarias a un capitán de barco. El Supremo aborda si la retribución que debe pagar la empresa por las horas extraordinarias realizadas por un trabajador debe entenderse com